• Detalle de Ley

    Ley N°: 5896
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: RECURSOS NATURALES, MEDIO AMBIENTE Y ECOLOGIA
    Sancionada: 02/10/1987
    Promulgada: 31/12/1987
    Publicada: 14/01/1988
    Boletin Of. N°: 21676

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  artículo  9º  de  la Ley Nº
    2.951 en la parte pertinente a los montos a partir del 31 de
    Marzo de 1.986, quedando los mismos en la siguiente forma:
             Inc. a)          A 240;
             Inc. b)          A 120;
             Inc. c)          A  72;
             Inc. d)          A  36;
             Inc. e)          A  12.
    
       Art. 2º.- Autorízase  a  la Secretaría de Estado de Agri-
    cultura y  Ganadería a actualizar trimestralmente los montos
    que se  fijan como multas por las infracciones a la presente
    ley. A  sus  efectos,  deberán  aplicarse los índices de los
    precios mayoristas Nivel General y Mayoristas Agropecuarios.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán,  a  los  dos  días del mes de
    Octubre de mil novecientos ochenta y siete.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2951
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 2951 -LEY DE PESCA -DIRECCION DE PISCICULTURA.

  • Observaciones