• Detalle de Ley

    Ley N°: 5902
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: LEGISLACION GENERAL - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 24/03/1988
    Promulgada: 18/04/1988
    Publicada: 28/04/1988
    Boletin Of. N°: 21750

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Prorrógase  la vigencia de la Ley Nº 5.787,
    por el  término   de  un  año,  a  partir  de  la  fecha  de
    publicación de la presente.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  provincia de Tucumán, a los veinticuatro días del mes
    de Marzo del año mil novecientos ochenta y ocho.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5787
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    PRORROGA LA VIGENCIA DE LA LEY 5787 -FACULTA A LA ESCRIBANIA
    DE GOBIERNO A ESCRITURAR INMUEBLES CONSTRUIDOS POR PLANES
    OFICIALES-.

  • Observaciones