• Detalle de Ley

    Ley N°: 5911
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 14/04/1988
    Promulgada: 06/05/1988
    Publicada: 12/05/1988
    Boletin Of. N°: 21760

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase la Ley Orgánica de Municipalida-
    des en los artículos y forma que establecen a continuación:
       - Sustitúyese el Art. 38 por el siguiente:
        "Artículo 38.- El Intendente  Municipal durará cuatro a-
    ños en el  ejercicio de sus funciones y podrá ser nuevamente
    designado por otro período consecutivo o alternado".
       - Incorpórase como Art. 38 bis el siguiente:
        "Artículo 38 bis.- En caso  de muerte, destitución,  re-
    nuncia, inhabilitación o por cualquier  otra causal que pro-
    duzca la vacancia  del cargo, en las Municipalidades del in-
    terior, el Poder Ejecutivo designará su  reemplazante de in-
    mediato y de  conformidad con las siguientes  previsiones de
    la Constitución Provincial.
       En el caso del Intendente de la Municipalidad de la Capi-
    tal el Honorable Concejo Deliberante  procederá, en el plazo
    de 10 días, a elegir  un nuevo Intendente.  En todos los ca-
    sos, el designado desempeñará sus funciones hasta  completar
    el período del reemplazado y, hasta tanto se designe el nue-
    vo Intendente, el  Gobierno Municipal  será ejercido por  el
    Presidente del Concejo Deliberante".
       - Suprímese el segundo y tercer párrafo del Art. 42.
    
       Art. 2º.- La presente ley regirá  a partir del día  1º de
    Septiembre de 1987.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los doce días del mes de Abril
    de mil novecientos ochenta y ocho.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5529
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY Nº 5529 -REGIMEN ORGÁNICO DE MUNICIPALIDADES- .

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5529.