* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de:
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 5.982, de la siguiente
manera:
1) En el inciso a) del artículo 20, sustituir la
expresión "un año" por "hasta dos años".
2) En el inciso a) del artículo 21, sustituir la
expresión "un año" por "dos años".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dos días del mes de julio
del año mil novecientos noventa.