• Detalle de Ley

    Ley N°: 6128
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - SALUD
    Sancionada: 03/05/1991
    Promulgada: 03/05/1991
    Publicada: 09/05/1991
    Boletin Of. N°: 22509

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO las  facultades  conferidas  al  Interventor  de la
    Provincia, por  los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nº
    103 y Nº 104, de fecha 15 de Enero del año en curso, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que se  estima  procedente otorgar al personal del Sector
    Salud, dependiente  del Gobierno Provincial, un adicional no
    remunerativo no  bonificable, en función de la índole de las
    tareas que desempeñan.
       Por ello,  y en mérito al dictamen fiscal Nº 1.739 del 02
    de Mayo de 1.991,
    
                       EL INTERVENTOR FEDERAL
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-Otórgase, a partir del 1º de Abril de 1.991,
    al personal del Sistema Provincial de Salud, un adicional No
    Remunerativo  No  Bonificable  de  AUSTRALES  CIEN  MIL  (A.
    100.000.-) en función del tipo de tareas que desempeñan.
    
       Art. 2º.- Téngase  por  Ley  de  la  Provincia, cúmplase,
    comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 6277

  • Resumen

    OTORGA UN ADICIONAL NO REMUNERATIVO AL PERSONAL DEL SIPROSA.

  • Observaciones