VISTO, que distintas entidades sin fines de lucro han
realizado obras de desarrollo de actividades naúticas y de
pesca en "El Cadillal", las que, en orden a la naturaleza de
la obra allí construída por la Provincia - dique "Celestino
Gelsi"- constituyen inversiones en el equipamiento básico
del área, encaradas por el sector privado, y
CONSIDERADO:
Que estos emprendimientos, asumidos sin el propósito de
obtener réditos económicos, han dado sustento a las demás
actividades que valorizan integralmente el área, orientadas
especialmente a su aprovechamiento recreacional y turístico,
enriqueciendo tanto la propiedad y su equipamiento, como los
servicios que gradualmente van incorporándose a su demanda;
Que ello fundamenta el reconocimiento, por parte de la
Provincia, del esfuerzo realizado, y justifica la donación
de los terrenos fiscales en que se realizaron tales inver-
siones, por parte de las mencionadas entidades, que de ese
modo sanearían los aspectos patrimoniales de su desenvolvi-
miento institucional, y accederían al logro de la solvencia
económica necesaria para el desarrollo de los proyectos que
ya tienen en marcha en el área.
Por ello,
EL INTERVENTOR FEDERAL
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a la donación
a favor de entidades sin fines de lucro, de las parcelas de
terrenos del área El Cadillal que, siendo de propiedad fis-
cal y habilitadas para actividades náuticas o de pesca por
dichas entidades, tuvieren iniciados los trámites de conce-
sión y donación previstos en la Ley nº 3.805, ante la Secre-
ría de Estado de Turísmo y Deportes, con anterioridad al 31
de diciembre de 1990.
Art. 2º.- En el caso de terrenos, por cuya situación ju-
rídica o registral, la Provincia no pudiere otorgar de inme-
diato el título correspondiente a la donación prevista en el
artículo anterior, el Poder Ejecutivo dará posesión legítima
a la entidad beneficiariia del inmueble en forma inmediata y
previa al saneamiento del título respectivo.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-