* CADUCA *
VISTO, que mediante Ley nº 6.224, se declara feriado en
todo el territorio de la Provincia, el día 28 de Agosto de
1991, con motivo del traslado de los restos del Dr. Juan
Bautista Alberdi, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario aclarar el alcance del feriado dis-
puesto por la mencionada Ley.
Que en consecuencia resulta del caso adoptar las medidas
disponiendo la rectificación pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los
Decretos Nros. 103 y 104 del Poder Ejecutivo Nacional de
fecha 15 de Enero de 1991,
EL INTERVENTOR FEDERAL
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley nº
6.224, el que queda redactado de la siguente manera: "ARTI-
CULO 1º: Declárase feriado el día 28 de Agosto de 1991, en
el radio de la ciudad de San Miguel de Tucumán, y establéce-
se que para el interior de la Provincia el mismo será admi-
nistrativo y escolar, siendo optativo para la actividad pri-
vada.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-