• Detalle de Ley

    Ley N°: 6258
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 26/09/1991
    Promulgada: 26/09/1991
    Publicada: 02/10/1991
    Boletin Of. N°: 22609

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO la Ley Nº 6.102 del 27 de marzo de 1991,por la cual
    se autorizó al Poder  Ejecutivo a realizar transferencias de
    cargos y créditos presupuestarios entre Unidades  de Organi-
    zación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo  y Judicial, de
    Organismos  Descentralizados  no autofinanciados y autárqui-
    cos, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que se ha dado cumplimiento en forma general con las nor-
    mas establecidas en la Ley de referencia, lo que permitió a-
    decuar a  las  reales necesidades de  servicio las distintas
    prestaciones que se venían  realizando en  carácter de comi-
    siones o de préstamo, según las demandas invocadas oportuna-
    mente por los distintos Organismos  dependientes de la Admi-
    nistración Central, Organismos  Descentralizados y Autárqui-
    cos.
       Que por tanto  corresponde  adoptar la  pertinente medida
    administrativa que derogue la citada Ley.
    
       Por ello; y en virtud de las atribuciones gubernamentales
    otorgadas mediante Decretos Nros. 103 y 104 del 15  de Enero
    de 1991, por el Poder Ejecutivo Nacional,
    
                       EL INTERVENTOR FEDERAL
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
                             
                               L E Y :
       
       Artículo 1º.- Derógase la Ley Nº 6.102 promulgada con fe-
    cha 27 de Marzo de 1991.
    
       Art. 2º.- Téngase por Ley de  la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en el  Boletín  Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Deroga a Ley 6102
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DEROGA LEY 6102, POR LA QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A REALIZAR TRANSFERENCIA DE CARGOS Y CREDITOS PRESUPUESTARIOS ENTRE UNIDADES DE ORGANIZACION DE LOS PODERES EJECUTIVOS, LEGISLATIVOS Y JUDICIAL.

  • Observaciones