* CADUCA *
VISTO, las facultades conferidas por Decretos Nros. 103 y
104 de fecha 15 de enero de 1991, del Poder Ejecutivo Nacio-
nal,
EL INTERVENTOR FEDERAL
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.-Modifícase el artículo 5º de la Ley Nº
3.965, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"La conducción, coordinación técnica y administrativa del
Instituto Provincial de Administración Pública, estará a
cargo de un Director General, que será designado por el Po-
der Ejecutivo y permanecerá en el cargo mientras dure su
buen desempeño".
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-