* CADUCA *
VISTO la Ley Nº 6.183 que faculta al Poder Ejecutivo a e-
mitir títulos de la deuda pública interna de la Provincia de
Tucumán, bajo la denominación de Bonos del Tesoro de la Pro-
vincia de Tucumán "Independencia"; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar el monto autorizado por el artí-
culo 1º de la mencionada Ley en U$S. 50.000.000 (Cincuenta
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América) adi-
cionales.
Que, en función de lo anterior, resulta necesario incre-
mentar la afectación de recursos de origen nacional destina-
dos a la atención de los servicios de amortizaciones e inte-
reses dispuesto en el artículo 7º y la correspondiente re-
tención establecida en el artículo 8º, ambos de la Ley Nº
6.183.
Por ello,
EL INTERVENTOR FEDERAL
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Increméntase la autorización conferida por
el artículo 1º de la Ley Nº 6.183 en un monto de CINCUENTA
MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (u$s.
50.000.000.-) adicionales.
Art. 2º.- La afectación de recursos de origen nacional
establecida en el artículo 7º y la retención dispuesta por
el artículo 8º, ambos de la Ley Nº 6.183, se incrementará en
un 1,5% (uno y medio por ciento) adicional a partir de la
fecha de emisión del monto adicional autorizado por el artí-
culo 1º de la presente Ley.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletin Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-