* DEROGADA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Derógase la Ley Nº 6.272 (séptimo párrafo
del artículo 134 de la Ley de Contabilidad - Texto Ordenado
Decreto Nº 960-73 S.H. del 24/04/85).
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinticuatro días del mes
de abril del año mil novecientos noventa y dos.