• Detalle de Ley

    Ley N°: 6511
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO - SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 09/11/1993
    Promulgada: 14/12/1993
    Publicada: 13/01/1994
    Boletin Of. N°: 23184

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia de  Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                              L E Y :
       
       Artículo 1º.- Déjase  sin  efecto en  el territorio de la
    Provincia de Tucumán la  percepción de  impuestos, tasas y/o
    contribuciones que graven la transferencia  de combustibles,
    gas, energía eléctrica, incluso los que recaen  sobre la au-
    togenerada y  servicios  sanitarios, excepto las transferen-
    cias de energía eléctrica con  destino a  uso  doméstico; se
    incluyen asimismo los que graven directa o indirectamente, a
    través de  controles, la  circulación interjurisdiccional de
    bienes o el uso para servicios del espacio  físico, incluído
    el aéreo.
    
       Art. 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto por el  artí-
    culo anterior, derógase toda norma legal o reglamentaria, en
    cuanto se oponga a la presente ley.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala  de Sesiones de  la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los nueve días  del mes de no-
    viembre de mil novecientos noventa y tres.
    

  • Relaciones

    Modificada por Ley 6907
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    DEJA SIN EFECTO EN LA PROVINCIA LA CREACION O PERCEPCION DE IMPUESTOS O CONTRIBUCIONES QUE GRAVEN LA TRANSFERENCIA DE COMBUSTIBLES, GAS, ENERGIA ELECTRICA Y SERVICIOS SANITARIOS.

  • Observaciones