* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 5.530 (de los Munici-
pios del Interior) y sus modificatorias, en su Anexo Nº 17,
con el objeto de fijar los nuevos límites territoriales de
la Municipalidad de Trancas, como se indica a continuación:
- Reemplazar el Anexo Nº 17, por el siguiente:
"Anexo 17
MUNICIPALIDAD DE TRANCAS
LIMITE NORTE: Desde el límite Este de la Comuna de San
Pedro de Colalao, hasta las Cumbres de Medina, con la Pro-
vincia de Salta.
LIMITE SUR: Desde el esquinero Sur-Oeste de la propiedad
de Audelino Medina, en el lugar denominado La Junta, por el
río Chuscha siguiendo su cauce aguas abajo, ya con el nombre
de río Choromoro hasta su desembocadura en el río Salí, des-
de este punto y siguiendo este último cauce aguas arriba
hasta su unión con el río Muerto remontando este último cur-
so hasta su nacimiento, siguiendo después hacia el Este por
el lindero Sur de la propiedad de Paula Paredes, quedando
esta dentro de la Jurisdicción de la Municipalidad, hasta
las Cumbres de Medina.
LIMITE ESTE: Desde el límite con la Provincia de Salta
por las cumbres del Cerro de Medina, siguiendo estas Cumbres
hacia el sur hasta el esquinero sureste de la propiedad de
Paula Paredes en el lugar denominado El Sauce.
LIMITE OESTE: Con el límite Este de la Comuna de San Pe-
dro de Colalao, desde el límite con la Provincia de Salta
hacia el Sur, hasta el río Chuscha".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los nueve días del mes de oc-
tubre de mil novecientos noventa y cinco.-