* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 6.203 -Código Procesal
Penal de la Provincia- de la siguiente forma:
En el artículo 280, incorpórase como inciso 4) nuevo, el
siguiente:
"Inc.4) No se trate de los delitos previstos y
penados por el art. 163 del Código Penal de la Nación".
En el artículo 281, incorpórase como inciso 3) nuevo, el
siguiente:
"Inc.3) Cuando se trate del delito de abigeato
o de daños causados a las sementeras".
Art. 2º.- Comuníquese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los nueve días del mes de
octubre de mil novecientos noventa y cinco.-