• Detalle de Ley

    Ley N°: 6840
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: TURISMO
    Sancionada: 29/09/1997
    Promulgada: 17/10/1997
    Publicada: 21/10/1997
    Boletin Of. N°: 24137

  • Texto
  •    La Legislatura de  la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 6.700, en la forma que
    a continuación se indica:
    
              - En el Capítulo I - Objetivos  y  Areas de Promo-
    ción, Artículo 2º, reemplazar  la  expresión "por el término
    de 2 (dos) años" por la siguiente "hasta la fecha 9 de Octu-
    bre del año 1999."
    
       Art.2º.- Comuníquese.
       Dada en la  Sala de  Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de  Tucumán, a los  veintinueve días del mes
    de Setiembre de mil novecientos noventa y siete.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6700

  • Resumen

    REGIMEN DE PROMOCION DEL DESARROLLO TURISTICO-. MODIFICA ARTICULO 2° DE LA LEY 6700.

  • Observaciones