* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 6.842 que fija el Pre-
supuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Admi-
nistración Pública Provincial para el año 1997, actualmente
vigente, en la forma que a continuación se indica:
- Incrementar en Planilla Nº 9 - Anexa al Artículo 6º -
Administración Central, lo siguiente:
7 Financiamiento
703 Uso del Crédito
7032 No afectado a Obra Pública
703208 Títulos de Cancelación de Impuestos Provinciales
$ 4.000.000.
- Incrementar el Total de Erogaciones conforme se indica
a continuación:
- Anexo 5 - Jurisdicción 20 - Unidad de Organización: 450
- Denominación: SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA - Obliga-
ciones a cargo del Tesoro - Finalidad 1 - Función 90 - Sec-
ción 2 - Sector 07 - Inversión Financiera - Partida Princi-
pal 071 - Partida Parcial 07120 - Préstamos - Apartado Nº 28
- Préstamos Títulos de Cancelación de Impuestos Provinciales
$4.000.000.
Art.2º.- La Secretaría de Estado de Hacienda, a través de
la Dirección General de Presupuesto, hará las modificaciones
y adecuaciones presupuestarias establecidas en el artículo
anterior.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los once días del mes de junio
de mil novecientos noventa y ocho.-