• Detalle de Ley

    Ley N°: 6889
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 30/06/1998
    Promulgada: 21/07/1998
    Publicada: 24/07/1998
    Boletin Of. N°: 24226

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia de  Tucumán, sanciona con
    fuerza de:
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  la Ley Nº 5.806 en la forma que
    a continuación se indica:
    
              a) En el artículo 1º:
    
              - Incorporar en el inciso a), después de las  fra-
    ses "noventa (90) días" y "sesenta (60) días", la  expresión
    "al año", respectivamente.
    
              - Agregar en el  inciso b), después  de las frases
    "ciento ochenta (180) días" y "ciento veinte (120) días", la
    expresión "al año", respectivamente.
    
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de  Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de  Tucumán, a los treinta  días del  mes de
    Junio de mil novecientos noventa y ocho.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5806
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY N° 5806 EN SU ARTICULO 1º -LICENCIA PARA ATENCIÓN DE HIJO O CÓNYUGE DISCAPACITADO-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5806.