La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público del Estado
Provincial el terreno fiscal, que se detalla a continuación:
1) Terreno Fiscal ubicado en la localidad Los Poci-
tos, departamento Tafí Viejo, Nomenclatura Catastral: C: I;
S: 24; L: 1; M/O: 160/1453; parcela: 155 F2; Padrón: 514.749
- Linderos: Norte: Santucho, Cajal, Arroyo; Nor-Este: Canal
de desagüe que la separa de la propiedad citrícola San Mi-
guel, Sur - Oeste: Diagonal a Tafí Viejo, Medidas: Lado:
119-122 = 504.53 m, Lado: 122-125 = 289.78 m, Lado: 125-127
= 133.36 m, Lado:127-126 = 162.90 m, Lado:126-128 = 31.60 m,
Lado: 128-129 = 119.53 m, Lado: 129-119 = 876.86 m, Superfi-
cie según mensura: 17 Ha, 2447,1350 m2, Dominio: Inscripta
en la Matrícula Registral N - 30.438 a nombre del Superior
Gobierno de la Provincia.
Art. 2º.- Transfiérese, en donación a la Asociación
Gremial de Empleados Judiciales el terreno fiscal descripto
en el artículo primero, para la ejecución de un complejo
habitacional, destinado a los empleados judiciales de Tucu-
mán.
Art. 3º.- El cambio de destino del inmueble o la desafec-
tación de los fines a los que se encuentra destinado, dará
lugar a la revocación de la donación, reintegrándose el
inmueble al patrimonio provincial, con las mejoras que se
hubieren introducido sin derecho a indemnización alguna.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los diecisiete días del mes de
diciembre de mil novecientos noventa y ocho.-