• Detalle de Ley

    Ley N°: 6923
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 17/12/1998
    Promulgada: 30/12/1998
    Publicada: 13/01/1999
    Boletin Of. N°: 24443

  • Texto
  •    La Legislatura  de la  Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público  del Estado
    Provincial el terreno fiscal, que se detalla a continuación:
    
             1) Terreno Fiscal ubicado en la localidad Los Poci-
    tos, departamento Tafí Viejo, Nomenclatura  Catastral: C: I;
    S: 24; L: 1; M/O: 160/1453; parcela: 155 F2; Padrón: 514.749
    - Linderos: Norte: Santucho, Cajal, Arroyo; Nor-Este:  Canal
    de desagüe que la separa  de la  propiedad citrícola San Mi-
    guel, Sur - Oeste:  Diagonal  a  Tafí  Viejo, Medidas: Lado:
    119-122 = 504.53 m, Lado: 122-125 = 289.78 m, Lado:  125-127
    = 133.36 m, Lado:127-126 = 162.90 m, Lado:126-128 = 31.60 m,
    Lado: 128-129 = 119.53 m, Lado: 129-119 = 876.86 m, Superfi-
    cie  según  mensura: 17 Ha, 2447,1350 m2, Dominio: Inscripta
    en la Matrícula Registral N - 30.438  a  nombre del Superior
    Gobierno de la Provincia.
    
       Art. 2º.-  Transfiérese,  en  donación  a  la  Asociación
    Gremial de  Empleados Judiciales el terreno fiscal descripto
    en  el  artículo  primero, para la ejecución de un  complejo
    habitacional, destinado a los empleados judiciales de  Tucu-
    mán.
    
       Art. 3º.- El cambio de destino del inmueble o la desafec-
    tación de los fines a los que  se  encuentra destinado, dará
    lugar  a la  revocación  de la  donación,  reintegrándose el
    inmueble  al  patrimonio provincial, con las  mejoras que se
    hubieren introducido sin derecho a indemnización alguna.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los diecisiete días del mes de
    diciembre de mil novecientos noventa y ocho.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240
    Modificada por Ley 8574

  • Resumen

    DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO DEL ESTADO PROVINCIAL UN TERRENO FISCAL UBICADO EN LA LOCALIDAD DE LOS POCITOS PARA EJECUCIÓN DE UN COMPLEJO HABITACIONAL DESTINADO A LOS EMPLEADOS JUDICIALES.

  • Observaciones

    -LEY N° 8574 EXCLUYE A LA PTE. DEL ANEXO II -LEYES Y NORMAS CADUCAS- Y LA INCLUYE EN ANEXO IV -LEYES Y NORMAS NO GENERALES-.