La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Rectifícase la Ley Nº 8240, del modo que se
indica a continuación:
1.- Exclúyese del Anexo II -Leyes y Normas Caducas- e
inclúyese en el Anexo IV -Leyes y Normas No
Generales- a la Ley Nº 6923.
Art. 2º.- Modifícase el Art. 2º de la Ley Nº 6923, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2º.- Transfiérese en donación a la Asociación
Gremial de Empleados Judiciales, el terreno fiscal
descripto en el artículo primero, para la ejecución de
un complejo habitacional.”
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los catorce días del mes de
febrero del año dos mil trece.