* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 6.758 en la forma que
a continuación se indica:
- En el artículo 1º, reemplazar la expresión "diez
(10) años", por "cinco (5) años".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinticinco días del mes
de marzo de mil novecientos noventa y nueve.-