• Detalle de Ley

    Ley N°: 6758
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 23/04/1996
    Promulgada: 09/05/1996
    Publicada: 10/05/1996
    Boletin Of. N°: 23772

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura de  la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                            L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese  el  artículo 52  de la  Ley Nº
    5.121, el que quedará redactado de la siguiente manera:
    
       "Art.52.- Las acciones y poderes  del Fisco para  verifi-
    car, determinar y exigir el pago  de los tributos  y acceso-
    rios regidos por la  presente ley, como así  también para a-
    plicar y hacer efectiva las multas en ellas previstas, pres-
    criben por el transcurso de diez (10) años".
    
       Art. 2º.- Lo dispuesto  por el artículo anterior, entrará
    a  regir  a  partir  del  día  siguiente de la sanción de la
    presente.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala  de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintitres días del mes de
    abril de mil novecientos noventa y seis.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5121
    Modificada por Ley 6951
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    SUSTITUYE ART. 52 DE LA LEY Nº 5121 -CODIGO TRIBUTARIO-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5121.