* DEROGADA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Inclúyese en el Art. 28 in fine de la Ley
Nº 4.611, el siguiente párrafo:
"El Poder Ejecutivo podrá efectuar contrataciones
de personal hasta un máximo de ciento veinte (120) agentes,
por el término de dos años a partir de la fecha de su pro-
mulgación, para cumplir funciones en el Servicio Peniten-
ciario Provincial. En los respectivos contratos se deter-
minarán los derechos y obligaciones que correspondan a los
designados compatibles con las funciones que se les
atribuyan y la temporalidad de la designación."
Art. 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las
adecuaciones presupuestarias pertinentes.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes
de marzo del año dos mil uno.