• Detalle de Ley

    Ley N°: 7240
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - SALUD
    Sancionada: 19/10/2001
    Promulgada: 21/10/2002
    Publicada: 06/12/2002
    Boletin Of. N°: 25421

  • Texto
  • * CONSOLIDADA *
    
       Artículo 1º.- Establécese  como  requisito de permanencia
    en los  niveles políticos o jerárquicos de la función públi-
    ca, el carecer de adicción a las drogas ilegales.
    
       Art. 2º.- La  presente ley comprende: al Poder Ejecutivo,
    hasta el  rango  de  Subsecretario y Comisionado Comunal; al
    Poder Legislativo,  hasta  el  rango de Prosecretario; a los
    gobiernos municipales,  hasta  el  rango de Prosecretario; a
    los concejos deliberantes, hasta el nivel de Prosecretario;
    a los organismos autárquicos, centralizados y descentraliza-
    dos hasta  el  nivel  de Gerente, Secretario Administrativo,
    Director o  equivalente,  según  corresponda; al Poder Judi-
    cial, incluyendo  los magistrados en todos sus niveles, fun-
    cionarios constitucionales,  de ley y jueces de paz; al per-
    sonal policial, en todas sus jerarquías.
    
       Art. 3º.- Todos los funcionarios comprendidos en el ámbi-
    to de aplicación de la presente ley, deberán realizarse, con
    carácter obligatorio  los  exámenes  médicos y/o bioquímicos
    pertinentes para  determinar  la presencia de metabolitos de
    drogas ilegales,  en  el plazo y con la periodicidad que de-
    termine la autoridad de aplicación.
    
       Art. 4º.- Desígnase  a  la máxima autoridad de cada poder
    como responsable de la aplicación de la presente ley.
    
       Art. 5º.- En caso de que se detectare a un funcionario en
    violación del  requisito establecido en el artículo 1º de la
    presente, el mismo será suspendido en sus funciones mediante
    sumario médico  previo,  respetándose  todas  las  garantías
    constitucionales hasta su recuperación y considerándose den-
    tro del régimen de licencias vigente.
    
       Art. 6º.- El  Poder  Ejecutivo  reglamentará  la presente
    ley.
    
       Art. 7º.- Comuníquese.-
    
    __________
    
    - Texto consolidado.-

  • Relaciones

    Consolidada por Ley 8240
    Derogada por Ley 8850

  • Resumen

    ESTABLECE COMO REQUISITO DE PERMANENCIA EN LOS NIVELES POLÍTICOS O JERÁRQUICOS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA EL CARECER DE ADICCIÓN A DROGAS ILEGALES (RINOSCOPÍA).

  • Observaciones

    -TEXTO CONSOLIDADO PUBLICADO EN B.O. DEL 09/02/2010 SUPLEMENTO N° 19.