* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Derógase el artículo 61 de la ley de 28 de
Enero de 1892, sobre registro de propiedades, embargos e
inhibiciones.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura de la
Provincia, a diez y seis de Marzo de mil ochocientos noventa
y siete.-