• Detalle de Ley

    Ley N°: 7300
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 09/10/2003
    Promulgada: 28/10/2003
    Publicada: 11/11/2003
    Boletin Of. N°: 25653

  • Texto
  • * CONSOLIDADA *
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al Poder Ejecutivo, a través de
    la Unidad  Técnica  de Regularización Dominial de la Provin-
    cia, a  transferir  a los actuales ocupantes tres (3) inmue-
    bles de  propiedad del Superior Gobierno de la Provincia que
    forman el  Barrio 17 de Julio en la localidad de Villa Quin-
    teros, departamento  Monteros, que según plano de mensura nº
    17.740/91, está  compuesto de la siguientes medidas y linde-
    ros.
       1) Fracción 1:
    
                 MEDIDAS: (según  Plano  nº 17.740/91): Mide del
                 punto A-F:  139,27  metros; del F-E: 107,69 me-
                 tros; del  E-12:  71,82 metros; del 12-7: 21,75
                 metros; del  7-48:  22,60 metros; del 48-49: 20
                 metros; del  49-50:  37,40 metros; del 50-A (al
                 Punto de Partida): 103,50 metros.
                 LINDEROS: Al  Norte  con  Ingenio San Ramón; al
                 Sur: con parte de los Lotes 2, 3 y 5; al Este:
                 con Ingenio  San  Ramón  y al Oeste: con camino
                 público y Lotes 2 y 3. Superficie: 1 hectárea.
                 4514,5902 metros cuadrados. Identificado con la
                 siguiente nomenclatura  catastral:   Padrón  nº
                 241.376 Matrícula Catastral y Orden: 18176/859,
                 Circunscripción: II;  Sección: F; Manzana o Lá-
                 mina 344;  Parcela 62 x (12), e inscripto en el
                 Registro Inmobiliario de la Provincia en la Ma-
                 trícula Registral M-7420.
    
       2) Fracción 9:
    
                 MEDIDAS: (según  Plano Nº 17.740/ 91): Mide del
                 punto 82 al 83:86,57 metros; del 83 al 84:
                 100,96 metros;  del  84-85:  111,59 metros; del
                 85-82:104 metros.
                 LINDEROS: Al Norte con Lote 8; al Sur: con Lote
                 10; al  Este: con Ruta Nacional Nº 38 y al Oes-
                 te: con fracción 10.Superficie: 1 hectárea.
                 Identificado con  la siguiente nomenclatura ca-
                 tastral Padrón  Nº 241.381; Matrícula Catastral
                 y Orden:  18176/864,  Circunscripción: II; Sec-
                 ción: F;  Manzana  o  Lámina  344; Parcela 62 x
                 (20), e  inscripto  en el Registro Inmobiliario
                 de la  Provincia  en  la Matrícula Registral M-
                              7428; y
    
       3) Fracción 10:
    
                 MEDIDAS: (según  Plano  Nº 17.740/91): Mide del
                 punto 24 al 26: 115,22 metros; del 26 - 83:
                 211,73 metros;    del  83-82: 86,57 metros; del
                 82-61: 320,10 metros; del 61-60: 78,57 metros;
                 del 60-24: 518,75 metros.
                 LINDEROS: Al  Norte  con  Fracción 4 y Parte de
                 Fracción 9;  al  Sur: con Lote 11; al Este: con
                 Ruta Nacional Nº 38 y parte de Lotes 8, 9 y 5 y
                 al Oeste: con Camino Público. Superficie:
                 5hectarea 4322,5496 metros cuadrados.
                 Identificado con  la siguiente nomenclatura ca-
                 tastral: Padrón  Nº 141.311 Matrícula Catastral
                 y Orden:  18176/334,  Circunscripción: II; Sec-
                 ción: F;  Manzana  o  Lámina  344; Parcela 62 x
                 (21) e inscripto en el Registro Inmobiliario de
                 la Provincia en la Matrícula Registral M-7429.
    
       Art. 2º.- La Unidad Técnica de Regularización Dominial de
    la Provincia  deberá realizar los estudios y relevamiento de
    los actuales ocupantes a efectos de transferir a título gra-
    tuito los inmuebles descriptos en el artículo precedente.
    
       Art. 3º.- Las  escrituras traslativas de dominio se otor-
    garán sin cargo por ante Escribanía de Gobierno.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.-
    
    __________
    
    - Texto consolidado con Ley Nº 7426.-

  • Relaciones

    Modificada por Ley 7426
    Consolidada por Ley 8240

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A TRANSFERIR AL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO TRES INMUEBLES QUE FORMAN EL BARRIO 17 DE JULIO EN LA LOCALIDAD DE VILLA QUINTEROS. PADRONES 241.376- 241.381 Y 141.311

  • Observaciones

    -TEXTO CONSOLIDADO PUBLICADO EN B.O. DEL 09/02/2010 SUPLEMENTO N° 19.