La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer el
traslado y afectación del personal técnico para la realiza-
ción de tareas específicas.
Art. 2º.- Derógase el último párrafo del Artículo 3º de
la Ley Nº 7.155.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los tres días del mes de Octu-
bre del año dos mil tres.