• Detalle de Ley

    Ley N°: 7390
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 06/05/2004
    Promulgada: 31/05/2004
    Publicada: 10/06/2004
    Boletin Of. N°: 25799

  • Texto
  • * CONSOLIDADA *
    
       Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública  y  sujeta  a
    expropiación una fracción de los inmuebles ubicados en Yerba
    Huasi, Quebrada  de  Lules, Departamento Lules, propiedad de
    Amalia Angélica  Zuccardi  de Cabeza y de José María Halle o
    de quienes  fueren sus actuales titulares de dominio, de las
    siguientes medidas y linderos:
    
          1. Propiedad de Amalia Zuccardi de Cabeza:
             Norte: 6,80 metros, con camino vecinal.
             Sur: 17,90 metros, con mayor extensión, canal Papel
             del Tucumán de por medio.
             Oeste:  línea  quebrada  de 224,13 metros; 2,77 me-
             tros; 27,80 metros, con mayor extensión.
             Este: línea  quebrada de 41,01 metros; 4,66 metros;
             223,68 metros, con Roque Argente.
             Identificado  el inmueble, en  mayor extensión, con
             la  siguiente  nomenclatura catastral: Circunscrip-
             ción II; Sección E; Lámina 58; Parcela 39 D; Matrí-
             cula 14574; Orden 49; Padrón 532262 e  inscripto en
             el Registro  Inmobiliario en la Matrícula Registral
             F-8185.
    
          2. Propiedad de María Belén Halle y otros:
             Norte: linda con línea quebrada de 489,61 metros.
             49,47 metros. y 13,94 metros. con  remanente  de la
             mayor extensión y Ruta Provincial Nº 321.
             Sur: linda  con línea  quebrada de 494,00 metros. y
             63,02 metros con  ex camino de La Quebrada de Lules
             (hoy calle Cayetano Nazca).
             Oeste: 12,00 metros, con  remanente de mayor exten-
             sión. 
             Integrando la  fracción  a expropiar una superficie
             de 6795,6528 metros cuadrados,
             Identificado  en  mayor  extensión con la siguiente
             Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección
             E, Lámina 58, Parcela 21C, Matrícula 14.574,  Orden
             887, Padrón Nº 275.234, e inscripto en  el Registro
             Inmobiliario en la Matrícula Registral F-03051.
    
          3. Propiedad de Domingo Argento:
             Norte: 5,20 metros, linda  con ex camino de la Que-
             brada de Lules (hoy calle Cayetano Nazca).
             Este: Linda  con  línea  quebrada  de 46,94 metros,
             4,19 metros, 3,94 metros, con  remanente  de  mayor
             extensión.
             Oeste: 54,68 metros linda con Amalia  Angélica Zuc-
             cardi de Cabeza.
             Integrando la  fracción a  expropiar una superficie
             de 110,336 metros cuadrados.
             Identificado  en  mayor  extensión con la siguiente
             Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección
             E, Lámina  58, Parcela  40, Matrícula 14.574, Orden
             154, Padrón Nº 175.097, e inscripto  en el Registro
             Inmobiliario  en  el  Libro 71, Folio 265, Serie b,
             año 1941, Departamento Famaillá.
    
       Art. 2º.- Las fracciones  de los inmuebles  descriptos en
    el artículo precedente serán destinadas a la construcción de
    un canal derivador de aguas pluviales al Río Lules, a la al-
    tura del lugar denominado Quebrada de Lules.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.-
    
    __________
    
    - Texto consolidado con Ley Nº 7979.-

  • Relaciones

    Modificada por Ley 7979
    Consolidada por Ley 8240

  • Resumen

    DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETA A EXPROPIACIÓN UNA FRACCIÓN DE INMUEBLES UBICADOS EN YERBA HUASI, DEPTO. LULES, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE UN CANAL DERIVADOR DE AGUAS PLUVIALES. PADRONES: 275.234-532.262

  • Observaciones

    -DCTO.4127/3-2006 B.O.12-12-2006
    AUT.PROC.ADM. EXPROPIATORIO.
    -DCTO.1086/1-FE-2008-B.O.05-05-2008 MODIF. DCTO.4127/3-06.
    -DCTO.927/1-FE-2009-B.O.29-04-09
    AP. AVENIMIENTO EXPROPIATORIO.
    -TEXTO CONSOLIDADO B.O. 09-02-2010 SUPLEMENTO N° 19.