* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Increméntase, en la suma de Pesos CIENTO
DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 117.500.000.-), el to-
tal de Erogaciones del Presupuesto General de Gastos y Cál-
culo de Recursos de la Administración Pública Provincial pa-
ra el ejercicio fiscal año 2004 fijado por Ley Nº 7.370, en
las Unidades de Organización y montos que a continuación se
indica:
a) En el Anexo 1 - Poder Legislativo; Jurisdicción 10 -
Legislatura; Unidad de Organización Nº 005 - Legisla-
tura; Finalidad 1 - Administración General; Función 30
- Legislación, la suma de Pesos CATORCE MILLONES
($ 14.000.000.-).
b) En el Anexo 2 - Poder Judicial; Jurisdicción 10 - Po-
der Judicial; Unidad de Organización Nº 010 - Corte
Suprema de Justicia; Finalidad 1 - Administración Ge-
neral; Función 40 - Justicia, la suma de Pesos TRES
MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 3.500.000.-).
c) En el Anexo 5 - Ministerio de Economía; Jurisdicción
20 - Secretaría de Estado de Hacienda; Unidad de Orga-
nización Nº 450 - Secretaría de Estado de Hacienda -
Obligaciones a Cargo del Tesoro; Finalidad 9 - Gastos
a Clasificar; Función 10 - A Clasificar por Distribu-
ción; Sección 1 - Sector 04 Partida Principal 041 -
Partida Parcial 04110 - Apartado Nº 42 - Crédito Adi-
cional p/Financiar Erogaciones Corrientes, la suma de
Pesos CIEN MILLONES ($ 100.000.000.-).
Art. 2º.- Increméntase en la suma de Pesos CIENTO DIECI-
SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 117.500.000.-) el Cálculo
de Recursos destinados a atender las Erogaciones a que se
refiere el Artículo 1º. El Poder Ejecutivo, hará la distri-
bución de dichos recursos conforme a los conceptos estable-
cidos en el Presupuesto General vigente.
Art. 3º.- Las Autoridades Naturales de los Poderes Legis-
lativo y Judicial dispondrán, mediante Decreto y/o Acordada
según corresponda, la distribución analítica por Partidas
Presupuestarias, del incremento dispuesto en los incisos a)
y b) del Artículo 1º de la presente ley; debiendo comunicar
dichas asignaciones al Poder Ejecutivo, a los fines de que
Contaduría General de la Provincia proceda a adecuar los
créditos de las respectivas partidas en el presupuesto defi-
nitivo de cada Poder.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a un día del mes de octubre del
año dos mil cuatro.