• Detalle de Ley

    Ley N°: 7684
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 15/12/2005
    Promulgada: 26/12/2005
    Publicada: 30/12/2005
    Boletin Of. N°: 26193

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura de la Provincia de  Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Suprímese  del Anexo  II Apartado  26 de la
    Ley Nº 7.142 y su modificatoria Nº 7.379 (Sistema Alternati-
    vo de Pago  de Infraestructura Pública - Activo por Activo),
    el inmueble del Superior Gobierno de la Provincia, Matrícula
    Registral N-44204 de una superficie de 1.300,9810 m2, ubica-
    do en  la calle Francisco  Narciso de Laprida Nº 73/75/79 de
    la ciudad de San Miguel de Tucumán, capital de la Provincia,
    identificado con  la siguiente nomenclatura catastral: C: I,
    S: 2, M: 60, Parc,: 12 A-11, Padrón: 3847-5404, Mat.: 14382/
    14383, Orden: 2159/2158, conforme al Plano Nº 22.645/93.
    
       Art. 2º.- Autorízase  al Poder Ejecutivo  a transferir en
    venta a la Administración  Federal de  Ingresos Públicos, el
    inmueble descripto en el artículo anterior, en la suma ofre-
    cida por dicho organismo que asciende a la suma de Pesos Dos
    Millones Ochocientos Mil ($ 2.800.000.-).
    
       Art. 3º.- El Poder Ejecutivo  recomendará  al  adquirente
    que la edificación  que realice en el inmueble, armonice con
    las  contrucciones tradicionales  del entorno de Plaza Inde-
    pendencia, que  forman parte  del Patrimonio Cultural  de la
    Provincia.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones  de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de di-
    ciembre del año dos mil cinco.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7142
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    SUPRIME DEL ANEXO II APARTADO 26 DE LA LEY Nº 7142 -ACTIVO POR ACTIVO- EL INMUEBLE DE LAPRIDA 73, SAN MIGUEL DE TUCUMÁN.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 7142.