* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 5.636 (Ley Impositiva)
y sus modificatorias, en la forma que a continuación se in-
dica:
- En el Artículo 51 bis, incorporar como inciso l) nuevo,
el siguiente:
"l) Unidad de Organización Nº 280 - Dirección del Re-
gistro Inmobiliario".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de di-
ciembre del año dos mil cinco.