• Detalle de Ley

    Ley N°: 7771
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD PUBLICA
    Sancionada: 01/06/2006
    Promulgada: 07/07/2006
    Publicada: 18/07/2006
    Boletin Of. N°: 26330

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 4.611 y  sus modifica-
    torias, en la forma que a continuación se detalla:
    
              - Sustituir el Art. 28, por el siguiente:
              "Art. 28.- El ingreso al servicio penitenciario se
              hará por el grado inferior  del escalafón  corres-
              pondiente. Para ingresar al Servicio Penitenciario
              en el escalafón seguridad se requiere:
              a) Ser argentino, nativo o por opción.
              b) Tener 21 años de edad como mínimo y 31 años co-
                 mo máximo.
              c) Tener el ciclo secundario aprobado.
              d) Aprobar  el examen  intelectual  y de aptitudes
                 físicas y psíquicas que establezca la reglamen-
                 tación.
              e) Acreditar  antecedentes  honorables y de  buena
                 conducta.
              f) No estar inhabilitado para el ejercicio de fun-
                 ciones públicas."
    
              - Agregar como Art. 28 bis, el siguiente:
              "Art. 28 bis.- Para ingresar en el escalafón  pro-
              fesional se requiere:
              a) Ser ciudadano argentino, nativo o por opción.
              b) Título universitario  habilitante en  profesión
                 afín a la función a cumplir.
              c) Acreditar  antecedentes  honorables y de  buena
                 conducta.
              d) No estar  inhabilitado para  el ejercicio de la
                 función pública.
              e) Aprobar el concurso  que determine la reglamen-
                 tación."
    
              - Agregar como el Art. 28 ter, el siguiente:
              "Art. 28 ter.- Para  ingresar en el escalafón téc-
              nico se requiere título habilitante afín a la fun-
              ción a cumplir y los mismos requisitos  estableci-
              dos en los incisos a, c, d y e del artículo  ante-
              rior."
    
              - Agregar como Art. 28 quarter, el siguiente:
              Art. 28 quarter.- En los casos en los que el Poder
              Ejecutivo  así lo establezca, se podrá  incorporar
              recursos humanos  en los  distintos  escalafones y
              como  personal  transitorio por el  término de dos
              (2) años renovables a criterio del Poder  Ejecuti-
              vo.
              El personal transitorio gozará de los mismos dere-
              chos y tendrá las mismas obligaciones que  el per-
              sonal penitenciario, con excepción de:
              a) Estabilidad.
              b) Carrera Penitenciaria.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala  de Sesiones de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a un día del mes de junio del a-
    ño dos mil seis.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 4611
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LEY Nº 4611 - ORGÁNICA DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL -

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 4611.