* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº
7.262, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ce-
der en donación a la Fundación Vibra, Comunícate y
Evoluciona (VI. C. E.), personería jurídica Nº
442/00, un inmueble de propiedad del Superior Go-
bierno de la Provincia, ubicado sobre calle Emilio
Castelar entre calles Muñecas y Maipú, de la ciu-
dad de San Miguel de Tucumán, compuesto de las si-
guientes medidas y linderos, según plano de mensu-
ra Nº 14061/89 Fracción "A":
Norte: 140,76 mts. con mayor extensión.
Sur: 132,74 mts. con calle Emilio Castelar.
Este: 35,44 mts. y ochava de 6,00 mts. con
calle Muñecas.
Oeste: 35,42 mts. y ochava de 6,00 mts. con
calle Maipú.
Identificado con la siguiente nomenclatura catas-
tral: Circunscripción I, Sección 7 b, Manzana 51
B, Parcela 10 A, Padrón 226955, Matrícula 11306,
Orden 5244, e inscripto el dominio en el Registro
Inmobiliario, en mayor extensión en el Libro 106,
Folio 126, Serie B, Año 1943 de Capital Norte."
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dos días del mes de octu-
bre del año dos mil seis.