• Detalle de Ley

    Ley N°: 7822
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 02/10/2006
    Promulgada: 09/10/2006
    Publicada: 18/10/2006
    Boletin Of. N°: 26394

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La  Legislatura de la  Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  Artículo  1º de la  Ley  Nº
    7.262, el que quedará redactado de la siguiente forma:
    
              "Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ce-
              der en donación a la Fundación Vibra, Comunícate y
              Evoluciona  (VI. C. E.),  personería  jurídica  Nº
              442/00, un inmueble  de propiedad del Superior Go-
              bierno de la Provincia, ubicado sobre calle Emilio
              Castelar entre  calles Muñecas y Maipú, de la ciu-
              dad de San Miguel de Tucumán, compuesto de las si-
              guientes medidas y linderos, según plano de mensu-
              ra Nº 14061/89 Fracción "A":
                   Norte: 140,76 mts. con mayor extensión.
                   Sur:   132,74 mts. con calle Emilio Castelar.
                   Este:   35,44 mts. y ochava  de 6,00 mts. con
                   calle Muñecas.
                   Oeste: 35,42  mts. y  ochava de 6,00 mts. con
                   calle Maipú.
              Identificado con la  siguiente nomenclatura catas-
              tral: Circunscripción  I, Sección 7 b, Manzana  51
              B, Parcela 10 A, Padrón  226955, Matrícula  11306,
              Orden 5244, e inscripto el  dominio en el Registro
              Inmobiliario, en  mayor extensión en el Libro 106,
              Folio 126, Serie B, Año 1943 de Capital Norte."
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada  en la Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a los dos días del mes de octu-
    bre del año dos mil seis.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7262
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº 7262 -AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A CEDER EN DONACIÓN A LA FUNDACIÓN VIBRA, COMUNÍCATE Y EVOLUCIONA -VI. C. E- UN INMUEBLE EN CAPITAL-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 7262.