* CONSOLIDADA *
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder en
donación a la Fundación Vibra, Comunícate y Evoluciona - VI.
C. E.-, personería jurídica Nº 442/00, un inmueble de pro-
piedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado sobre
calle Emilio Castelar entre calles Muñecas y Maipú, de la
ciudad de San Miguel de Tucumán, compuesto de las siguientes
medidas y linderos, según plano de mensura Nº 14061/89 Frac-
ción "A": Norte: 140,76 metros con mayor extensión. Sur:
132,74 metros con calle Emilio Castelar. Este: 35,44 metros
y ochava de 6,00 metros con calle Muñecas. Oeste: 35,42 me-
tros y ochava de 6,00 metros con calle Maipú. Identificado
con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción I,
Sección 7 b, Manzana 51 B, Parcela 10 A, Padrón 226955, Ma-
trícula 11306, Orden 5244, e inscripto el dominio en el Re-
gistro Inmobiliario, en mayor extensión en el Libro 106, Fo-
lio 126, Serie B, Año 1943 de Capital Norte."
Art. 2º.- El inmueble descripto en el artículo precedente
será destinado a la construcción de un edificio para sede de
la fundación, centro de investigación, atención, rehabilita-
ción e inserción del niño aislado.
Art. 3º.- La beneficiaria deberá iniciar las obras de in-
fraestructura en el término de dos (2) años a partir de la
efectiva posesión del inmueble y culminarlas en cinco (5)
años.
Art. 4º.- El cambio de destino del inmueble, la disolu-
ción de la entidad o la desafectación de los fines a los que
se encuentra destinado dará lugar a la revocatoria del como-
dato reintegrándose el inmueble al patrimonio provincial,
con las mejoras que se hubieren introducido, sin derecho a
indemnización alguna.
Art. 5º.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Ley Nº 7822.-