* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase el Art. 2º de la Ley Nº 6.719 y
sus modificatorias en la forma que a continuación se indica:
- Sustituir la expresión: "Una Fiscalía de Instrucción",
por la expresión: "Dos Fiscalías de Instrucción".
Art. 2º.- El presupuesto contemplado, asignado al Juzgado
de Conciliación y Trámite Laboral, será aplicado a la crea-
ción de la mencionada Fiscalía de Instrucción.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cuatro días del mes de
setiembre del años dos mil siete.