• Detalle de Ley

    Ley N°: 8040
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 14/03/2008
    Promulgada: 18/03/2008
    Publicada: 28/03/2008
    Boletin Of. N°: 26755

  • Texto
  •    La Legislatura de la Provincia  de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                            L E Y : 
    
       Artículo 1º.- Desaféctase  de los  fines previstos  en la
    Ley Nº 7.142, Anexo  II, y su modificatoria Ley  Nº 7.379 de
    Activo por Activo, el inmueble perteneciente al Superior Go-
    bierno de la Provincia, el que fuera ocupado por el ex Banco
    de  la Provincia  de Tucumán, sucursal Lules, y cuyo dominio
    figura inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula
    F-9658.
    
       Art. 2º.- Autorízase al  Poder Ejecutivo a donar a la Mu-
    nicipalidad de Lules, el inmueble que ocupaba el ex Banco de
    la Provincia de Tucumán, ubicado en calle San Martín esquina
    Almirante  Brown, de la ciudad de Lules, departamento Lules,
    identificado  con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circ.
    II -  Secc. A - Manz. 16 - Parc.  16 - Padrón  78.653 - Mat.
    794 - Orden 31 - Matrícula Registral: F-9.658.
    
       Art. 3º.- El inmueble descripto  en el Art. 2º, será des-
    tinado al funcionamiento de la Municipalidad de  San  Isidro
    de Lules.
    
       Art. 4º.- El cambio de  destino del inmueble, la transfe-
    rencia a  título gratuito u  oneroso, total  o parcial, o la
    desafectación de los fines a los que se encuentra destinado,
    dará lugar a la revocación de la donación, reintegrándose el
    inmueble al Patrimonio  Provincial, con las  mejoras  que se
    hubieren introducido, sin derecho a indemnización alguna.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
       Dada en la Sala  de Sesiones de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a los catorce  días del  mes de
    marzo del año dos mil ocho.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7142

  • Resumen

    DESAFECTA DE LA LEY N° 7142 -SISTEMA ALTERNATIVO DE PAGO DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA- EL INMUEBLE PERTENECIENTE AL GOBIERNO DE LA PCIA., QUE FUERA OCUPADO POR EL EX BANCO EN SU SUCURSAL LULES. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE LULES. PADRON 78.653

  • Observaciones

    -DCTO. 2278/3-ME-2008-B.O.08-08-08
    TRANSFERENCIA MUNICIPAL