La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Tucumán a la Ley
Nacional Nº 26.363 (Ley de Creación de la Agencia de Seguri-
dad Vial y modificatoria de la Ley Nacional Nº 24.449), en
los términos del Artículo 38 de la misma.
Art. 2º.- Invítase a los Municipios de la Provincia a ad-
herir a la presente ley a fin de coordinar funciones en be-
neficio del tránsito y la seguridad vial.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cinco días del mes de ju-
nio del año dos mil ocho.