• Detalle de Ley

    Ley N°: 8106
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 28/08/2008
    Promulgada: 15/09/2008
    Publicada: 18/09/2008
    Boletin Of. N°: 26874

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La  Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de 
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase la Ley  Nº 7.826 en la forma que
    a continuación se indica: 
    
       - Sustituir el Artículo 1º, por el siguiente:
       "Artículo 1º.- Declárase de utilidad  pública  y sujeto a
    expropiación, un inmueble ubicado en La Ramada de Abajo, de-
    partamento  Burruyacu  que,  según   Plano  de   Mensura  Nº
    53014/08, tiene las siguientes medidas y linderos:
              Norte: Punto 3-4 = 89,74 mts., con Ruta Provincial
              nº 317.
              Sur: Punto 1-2 = 84,78 mts., con propiedad de José
              Martínez y otros.
              Este:  Punto 4-1 = 167,94 mts., con  propiedad  de
              José Martínez y otros.
              Oeste: Punto 2-3 =  190,64 mts., con propiedad del
              Superior Gobierno de la Provincia.
       Identificado como "Fracción III" y  con la  siguiente no-
    menclatura catastral: Circunscripción: I, Sección: K,  Lámi-
    na: 15, Parcela 213 D, Padrón nº 196.996, Matrícula: 24.169,
    Orden: 400, e  inscripto en el  Registro  Inmobiliario en la
    Matrícula Registral Nº B-05878, departamento  Burruyacu, con
    una superficie aproximada de 1 Ha. 5000,2321 mts.2."                                                                                                             
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones  de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
    agosto del año dos mil ocho.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7826
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LEY Nº 7826 -EXPROPIACIÓN INMUEBLE LA RAMADA DE ABAJO-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 7826.