* CONSOLIDADA *
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación, un inmueble ubicado en la Ramada de Abajo, de-
partamento Burruyacu que, según Plano de Mensura Nº 53014/08
tiene las siguientes medidas y linderos:
Norte: Punto 3-4= 89,74 mts., con Ruta Provin-
cial nº 317.
Sur: Punto 1-2=84,78 mts., con propiedad de
José Martínez y otros.
Este: Punto 4-1=167,94 mts., con propiedad de
José Martínez y otros.
Oeste: Punto 2-3= 190,64 mts., con propiedad
del Superior Gobierno de la Provincia.
Identificado como "Fracción III" y con la siguiente
nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección K, Lámina
15, Parcela 213 D, Padrón nº 196.996, Matrícula 24.169, Or-
den 400, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Ma-
trícula Registral Nº B-05878, departamento Burruyacu, con
una superficie aproximada de 1 Ha. 5000,2321 m.2.
Art. 2°.- El inmueble descripto en el artículo precedente
será destinado al funcionamiento de un Museo.
Art. 3°.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Ley N° 8106.-