* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 3.526 (Medicina del
Deporte) y su modificatoria, de la siguiente manera:
- En el Artículo 1º, incorpórase como segundo párrafo, el
siguiente texto:
"El examen médico incluirá un electrocardiograma a-
nual, obligatorio y los demás estudios que establezca la re-
glamentación. La Autoridad de Aplicación podrá disponer una
frecuencia menor para este examen, con carácter general o
para determinados deportes y/o grupos de edad."
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los catorce días del mes de
enero del año dos mil nueve.