La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Desaféctase de los fines previstos en la
Ley Nº 7142 (texto consolidado) -Activo por Activo-, un in-
mueble identificado con la siguiente nomenclatura catastral:
Circunscripción: I, Sección: A, Manzana: 6, Parcela: 3, Pa-
drón Nº 88.404, Matrícula: 22.961, Orden: 150, e inscripto
en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral Nº L-
3.105.
Art. 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder en como-
dato el inmueble descripto en el Artículo 1º por el término
de diez (10) años a la Comuna Rural de Leales, para ser des-
tinado al funcionamiento de un centro de usos múltiples y un
centro de jubilados.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los once días del mes de marzo
del año dos mil diez.