• Detalle de Ley

    Ley N°: 8332
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 20/08/2010
    Promulgada: 10/09/2010
    Publicada: 16/09/2010
    Boletin Of. N°: 27369

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1º.-   Modifícase  el  Artículo  13 de la Ley Nº
    6238  (Orgánica  del  Poder Judicial),  en  la  forma que  a
    continuación se detalla:
    
       - Sustituir el inc. 4, por el siguiente:
          "4.- Fijar el régimen y el procedimiento disciplinario
          a  los  que   estarán  sujetos   los Magistrados, los
          funcionarios constitucionales y de ley, los auxiliares
          y  empleados, imponiendo   el   sumario administrativo
          previo,  salvo   para   los  llamados  de  atención  y
          apercibimientos. Las sanciones disciplinarias  aplica-
          bles a los Magistrados y los funcionarios constitucio-
          nales, son:
            a. Llamados de atención;
            b. Apercibimiento; y
            c. Multa de hasta un diez por ciento (10%) de sus
            remuneraciones."
    
       - Sustituir el inc. 6, por el siguiente:
          "6.- Aplicar   sanciones   disciplinarias   a  los
          Magistrados, los funcionarios constitucionales y de
          ley, los auxiliares y empleados, de conformidad al
          régimen y procedimiento que se fijen."
    
       Art. 2º.-  Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia de  Tucumán, a los  veinte días  del mes de
    agosto del año dos mil diez.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6238

  • Resumen

    MODIFICA LEY Nº 6238 -LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL-.

  • Observaciones