La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Apruébase el convenio firmado el 15 de
Setiembre de 2010 entre la Subsecretaría de Obras Públicas
del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios y la Presidencia de la Legislatura de Tucumán que,
como Anexo, forma parte integrante de la presente Ley,
mediante el cual la Subsecretaría brinda asistencia
financiera al Poder Legislativo Provincial para la
realización de la obra "Terminación Sede Poder Legislativo
de Tucumán".
Art. 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar el
Presupuesto General de la Provincia fijado por Ley Nº 8239 y
sus modificatorias, para reflejar presupuestariamente en las
partidas de recursos y de gastos correspondientes, lo
acordado en el convenio que se aprueba en esta ley.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
noviembre del año dos mil diez.