La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Créase en jurisdicción del Centro Judicial
Capital, una (1) Fiscalía en lo Civil, Comercial y del
Trabajo con asiento en la ciudad de Banda del Río Salí.
Art. 2°.- Modifícase la Ley Nº 6238 en la forma que se
indica:
- Reemplazar el inciso 24 del Artículo 83 por el
siguiente:
"24. Tres (3) Fiscalías en lo Civil, Comercial y del
Trabajo. Dos (2) con asiento en la ciudad de San Miguel
de Tucumán y uno (1) con asiento en la ciudad Banda del
Río Salí".
Art. 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las
adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento
de lo dispuesto en la presente Ley.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinticuatro días del mes
de junio del año dos mil once.