• Detalle de Ley

    Ley N°: 8492
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 19/04/2012
    Promulgada: 23/04/2012
    Publicada: 26/04/2012
    Boletin Of. N°: 27766

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1º.-  Facúltase  a la Caja Popular de Ahorros de
    la Provincia a entregar en concesión  a  la  firma Impresora
    Internacional de  Valores S.A.I. y C. (IVISA) por el término
    de cincuenta  (50) años, el uso del inmueble de su propiedad
    ubicado en Avenida Sarmiento esquina Maipú (ex Hotel Savoy),
    que  figura inscripto bajo la Matrícula Registral Nº N-20948
    Capital  Norte,  identificada  con la siguiente Nomenclatura
    Catastral: Circ.  1  –  Sección  7 – Manz. 89 – Parcela 1A –
    Subparcela 000.  Padrón   Inmobiliario  221203  –  Matrícula
    Catastral 1340/4894.
    
       Art. 2º.-  La Caja Popular de Ahorros deberá instrumentar
    el contrato pertinente bajo las siguientes condiciones:
    
       1) Que el inmueble sea destinado a la explotación de
          la actividad de hotelería y casino.
       2) Que en dicho inmueble la firma IVISA realice, en un
          plazo de hasta 24 meses, una inversión mínima de
          Cincuenta y Cinco Millones de Pesos ($ 55.000.000),
          para la adecuación y refuncionalización del edificio
          para cumplir eficientemente con la explotación
          prevista. El Tribunal de Cuentas deberá verificar que
          la empresa cumpla con la meta de inversión convenida.
       3) Que se contemple asignar a la Caja Popular de
          Ahorros los espacios necesarios para que desarrolle
          los juegos de paño a su cargo, que deberán tener
          similares características a las que ocupa en la
          actualidad. Además deberán preverse en forma
          específica las áreas destinadas a las oficinas
          funcionales a esta actividad, para la gerencia,
          administración, mantenimiento, tesorería, vestuario,
          baños para empleados y sala de descanso.
       4) Prever la extensión del plazo de los cupos
          autorizados a la fecha a IVISA para la explotación de
          juegos de azar en el casino, por el plazo de vigencia
          de la concesión de uso que por esta Ley se autoriza.
       5) Debe respetarse la línea arquitectónica del
          edificio, adaptando sus espacios para los usos
          propuestos, cuidando de no modificar sus fachadas
          exteriores, salvo el contrafrente, dando cumplimiento
          en lo pertinente con la Ley Nº 7535 de Sistema de
          Protección del Patrimonio Cultural de la Provincia.
          Por lo que se podrá crear nuevos espacios cuando no
          fuera posible refuncionalizar los del antiguo
          edificio.
    
       Art. 3º.- El  incumplimiento  de  las  obligaciones de la
    concesionaria generará  el  decaimiento de las prórrogas que
    por esta Ley se autoriza.
    
       Art. 4º.- El  convenio  resultante  de  esta  Ley  estará
    exento  del pago de Impuesto de Sellos.
    
       Art. 5º.- Comuníquese. 
       Dada en la Sala  de  Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los diecinueve días del mes de
    abril del año dos mil doce.

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 7535
    Vinculada a Ley 8769

  • Resumen

    FACULTA A LA CAJA POPULAR DE AHORROS A ENTREGAR EN CONCESIÓN A LA FIRMA IMPRESORA INTERNACIONAL DE VALORES (IVISA), EL USO DE UN INMUEBLE UBICADO EN AVDA. SARMIENTO ESQUINA MAIPÚ (EX HOTEL SAVOY). PADRÓN N° 221203.

  • Observaciones