La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley N°
7100, que deberá quedar redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º.- Institúyese el día 29 de Agosto de cada
año como “Día del Arbol” en la Provincia.”
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los tres días del mes de
octubre del año dos mil doce.