• Detalle de Ley

    Ley N°: 7100
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: RECURSOS NATURALES, MEDIO AMBIENTE Y ECOLOGIA - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 14/12/2000
    Promulgada: 08/01/2001
    Publicada: 15/01/2001
    Boletin Of. N°: 24947

  • Texto
  •    La Legislatura  de la Provincia de  Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Institúyese  el último día  viernes del mes
    de setiembre de cada año como "Día del Arbol". En el caso de
    resultar feriado o día no laborable la fecha establecida, el
    evento se trasladará para el primer día hábil siguiente.
    
       Art. 2º.- La difusión y celebración  de la fiesta del ár-
    bol se incorporará al calendario escolar de la Provincia.
    
       El Poder Ejecutivo  en el marco de la Ley Nº 7.043, invi-
    tará a participar en la coordinación de los actos celebrato-
    rios que se establecen  por la presente  ley a las  personas
    físicas o jurídicas con personería que tengan como objeto la
    protección, preservación, conservación, defensa  y recupera-
    ción del árbol.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
       Dada en la Sala  de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a los catorce  días del  mes de
    diciembre del año dos mil.

  • Relaciones

    Modificada por Ley 8526
    Vinculada con Ley 3567
    Vinculada con Ley 7043
    Vinculada a Ley 7889
    Vinculada a Ley 7894
    Vinculada a Ley 8092
    Vinculada a Ley 8121
    Vinculada a Ley 8128
    Vinculada a Ley 8266
    Vinculada a Ley 8518
    Vinculada a Ley 8535
    Vinculada a Ley 8640

  • Resumen

    DIA DEL ARBOL: DIFUSION Y CELEBRACION.

  • Observaciones