• Detalle de Ley

    Ley N°: 8652
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 26/12/2013
    Promulgada: 26/12/2013
    Publicada: 03/01/2014
    Boletin Of. N°: 28178

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Prorrógase  por el término de dos (2) años,
    a  partir  de la  fecha de su vencimiento, la vigencia de la
    Ley N°  7875  y  su  modificatoria,  prorrogada por Leyes N°
    7998, N° 8229 y N° 8465.
    
       Art. 2°.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de  la  Provincia de  Tucumán, a los veintiséis días del mes
    de diciembre del año dos mil trece.

  • Relaciones

    Prorroga término de Ley 7875
    Vinculada a Ley 8818

  • Resumen

    PRORROGA POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS LA VIGENCIA DE LA LEY N° 7875 Y MODIFICATORIA. - EMERGENCIA HÍDRICA Y SOCIAL -

  • Observaciones