La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 8360 en la forma que
se indica:
-Reemplazar el Artículo 1°, por el siguiente:
"Artículo 1°.- Créase tres (3) Juzgados en lo Civil en
Familia y Sucesiones en el Centro Judicial de la
Capital; uno de ellos tendrá asiento en la ciudad de
Banda del Río Salí, departamento Cruz Alta".
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintinueve días del mes
de mayo del año dos mil catorce.