La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 8457 en la forma que a
continuación se indica:
- En el Artículo 1°, reemplazar la expresión: “31 de
Diciembre de 2015.”, por: “31 de Diciembre de 2016.”
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los ocho días del mes de
octubre del año dos mil quince.