• Detalle de Ley

    Ley N°: 8837
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 22/12/2015
    Promulgada: 29/12/2015
    Publicada: 08/01/2016
    Boletin Of. N°: 28669

  • Texto
  •    La Legislatura  de  Ia Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.-  Créase en el Centro Judicial Concepción:
    
       - La Sala IIla. de la Cámara en lo Penal.  
       - Un (1) Juzgado en lo Civil y Comercial Común.
       - Un (1) Juzgado en lo Civil en Familia y Sucesiones.
       - Un (1) Juzgado de Conciliación y Trámite.
       - Un (1) Juzgado de Cobros y Apremios.
       - Un (1) Juzgado en lo Penal de Instrucción.
       - Una (1) Defensoría Oficial en lo Penal.
    
       Art. 2°.- Modifícase  la  Ley N° 6238 (Orgánica del Poder
    Judicial) en  la  forma  que  a  continuación  se indica:
       - Reemplazar del  Art.  85,  lo  siguiente:  		
         - Reemplazar el inciso 3,  por  el  siguiente:  		
           "3.  Una (1) Cámara en lo Penal, dividida en 3 (tres)
           Salas.  		
         - Reemplazar el inciso  5, por  el siguiente:
           "5. Tres  (3)  Juzgados  de Instrucción".   		
         - Reemplazar   el  inciso  10,  por  el siguiente:
           "10.  Tres  (3)  Juzgados  en  lo  Civil  y Comercial
           Común".
         - Reemplazar el inciso 12, por el siguiente:
           "12. Cuatro (4) Juzgados  en lo Civil  en  Familia  y
           Sucesiones".
         - Reemplazar el inciso 14, por el siguiente:
           "14. Dos  (2)  Juzgados  de  Cobros  y  Apremios".
         - Reemplazar el  inciso  15, por el siguiente: 		
           "15. Tres (3) Juzgados de  Conciliación  y  Trámite".
         - Reemplazar el inciso 22,  por  el  siguiente:  	
           "22. Tres (3) Defensorías Oficiales en lo Penal". 
     
       Art. 3°.- Facúltase  al  Poder  Ejecutivo  a efectuar las
    adecuaciones    presupuestarias    necesarias    para     el
    cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
    
       Art. 4°.- Comuníquese.   	  
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán,  a los  veintidós días del   mes
    de  diciembre del año dos mil quince.

  • Relaciones

    Modifica a Ley 6238

  • Resumen

    CREA JUZGADOS Y UNA DEFENSORIA EN EL CENTRO JUDICIAL CONCEPCION. MODIFICA A LEY 6238 -ORGANICA DEL PODER JUDICIAL-

  • Observaciones